12.3.07

Impuesto provincial a la riqueza: estimarán bienes de los contribuyentes por consumos con tarjetas del exterior


Los contribuyentes provinciales deberán realizar una declaración jurada de bienes una vez al año: allí deberán estar incluidos todos los bienes tangibles e intangibles que posean en el país y en el exterior. Y aunque el impuesto provincial a la riqueza sólo se cobrará sobre las propiedades urbanas - edificadas y baldías - y el impuesto automotor, para determinar si los están alcanzados por el tributo deberán sumar todos sus bienes, incluso los objetos de arte, el mobiliario y los depósitos o las acciones, a valor actual.
Para estimar el patrimonio personal de los contribuyentes será de vital importancia contar con sus declaraciones juradas. Y si los potenciales contribuyentes de ese tributo no presentaran su declaración, el subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, podría sacar varios ases de su manga. Uno de ellos le permitirá estimar los bienes que los contribuyentes posean en el exterior a partir de los consumos realizados en el país con tarjetas de crédito emitidas por bancos extranjeros.
El mecanismo, poco ortodoxo, será el siguiente:
- Rentas presumirá - como indica el proyecto aprobado en el Senado -que quienes sean titulares de tarjetas de crédito emitidas en el exterior tienen fuera del país bienes o depósitos que les permiten realizar compras.
- Por cada peso gastado en el país con esas tarjetas, se presumirá una renta de dos pesos.
- La rentabilidad sobre las cuentas o propiedades en el exterior se calculará de acuerdo a la tasa libor, a que hoy se ubica entre el 5,32 y el 5,42% anual.
- Aplicando esa fórmula, si Rentas detecta consumos de tarjetas de créditos emitidas por entidades del exterior por 10 mil pesos, presumirá la existencia de una renta de 20 mil pesos, resultado de la tenencia de bienes por 370 mil.
Como las alícuotas adicionales sobre el Inmobiliario Urbano y el Automotor se aplicarán según el valor total de los bienes personales del contribuyente, si el propietario del ejemplo anterior tuviera además en la provincia una casa de 400 mil pesos y un vehículo de 30 mil, entonces estaría incluido en la categoría dos, que prevé una alícuota del 0,5% a aplicarse sobre esa casa y ese vehículo.
"Nosotros tenemos la maquinaria de inteligencia fiscal más grande del país disponible para cobrar este impuesto, y vamos a estar en condiciones de presentarle al contribuyente aquello que sabemos de él para que no se olviden de declarar nada que nosotros ya conocemos que tiene", adelantó Montoya. "Yo tengo fe - dijo a Hoy -que el aparato fiscal de la provincia de Buenos Aires puede administrar el tributo correctamente. Por supuesto que al impuesto hay que estabilizarlo. Nadie lo implanta. Es como presentar un producto nuevo: siempre hay un período de instalación del producto, en este caso del impuesto, pero yo creo que muy rápido pomos recordarles que tienen que declarar bienes, que los tienen y que no se olviden".

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